El juez no cree accidente laboral el caso del afectado por la bacteria comecarne.

El titular del juzgado de lo Social de Valencia ha desestimado la petición del hombre a que tuvieron que amputar el brazo izquierdo en el año 2008 tras ser infectado por la conocida como bacteria comecarne de calificar su caso de accidente laboral, según consta la sentencia contra la que cabe recurso. El magistrado entiende que no queda probado que se infectase en el trabajo.

http://www.difusionjuridica.es/portal/articulo.php?id_art=9444

 

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