La Reforma Laboral da vía libre a las ETTs para operar en actividades de riesgo.

La Reforma Laboral ha introducido un cambio relevante que afecta a la prevención de riesgos laborales, y es que autoriza a las Empresas de Trabajo Temporal (ETT) a prestar sus servicios en algunos sectores hasta ahora excluidos por su especial peligrosidad para la seguridad y salud de los trabajadores.
Antes del 31 de diciembre de 2010 se tendrá que negociar mediante acuerdos interprofesionales o convenios colectivos qué limitaciones a la contratación de las ETTs se van a establecer en puestos concretos de esos sectores. Y a partir del 1 de enero de 2011 se suprimen todas las restricciones que tenían las ETTs en esos sectores, pero respetando las limitaciones que se hayan acordado en los meses anteriores.

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