Reglamento del mutualismo administrativo
- Se refiere a la incapacidad temporal y de riesgo durante el embarazo y la lactancia natural.
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se modifica el Reglamento General del Mutualismo Administrativo, aprobado por un Real Decreto de 28 de marzo de 2003, en materia de incapacidad temporal y de riesgo durante el embarazo y durante la lactancia natural.
Con esta modificación, durante la primera mitad del año 2010 se pondrá en marcha un nuevo sistema de gestión y seguimiento de las situaciones de incapacidad temporal y riesgo durante el embarazo y la lactancia natural de los funcionarios protegidos por la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE). Esta modificación aproxima su tratamiento al equivalente en el Régimen General de la Seguridad Social y mejorara su cobertura.
Con esta reforma se garantiza, por un lado, que MUFACE disponga de toda la información relativa a las bajas de su colectivo con el fin de prever y actuar ante la incidencia, duración y prevalencia de las enfermedades que sus distintos grupos padezcan y, por otro, se garantiza a los mutualistas la aplicación de los mismos criterios de seguimiento y por parte de los mismos dispositivos médicos que se vienen utilizando en el Sistema de la Seguridad Social.
La gestión telemática de todos los trámites reducirá las cargas administrativas de los distintos órganos que intervienen en la cobertura y gestión de estas situaciones.
Por último, cabe señalar que MUFACE ha acordado con el Instituto Nacional de la Seguridad Social, mediante una Encomienda de Gestión, que sus equipos médicos realicen los reconocimientos médicos y valoraciones pertinentes. Estas valoraciones tendrán carácter vinculante y serán transmitidas de forma automática a los órganos responsables de la concesión de la licencia para que mantengan o finalicen la misma.
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