Los trabajadores aislados por el virus de la gripe AH1 N1 (gripe A) serán considerados de baja temporal con cargo a la Seguridad Social.
La resolución despeja las dudas sobre la protección de estas personas que no pueden acudir a trabajar hasta que se produce el diagnóstico que los declara enfermos o sanos.
La Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social ha dictado una Resolución por la que los períodos de aislamiento preventivo (cuarentena) a que se vean sometidos los trabajadores como consecuencia de la gripe producida por el nuevo virus A H1 N1 serán considerados como situación de incapacidad temporal derivada de enfermedad común, lo que da derecho a los afectados a las correspondientes prestaciones, siempre que cumplan los demás requisitos en cada caso exigidos, y en los términos y condiciones , por las normas del Régimen de la Seguridad Social en que se encuentre encuadrado el trabajador.
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