RESOLUCIÓN de 11 de diciembre de 2007, del Director General de Osalan–Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales, que establece el procedimiento de comunicación de casos sospechosos de enfermedad profesional desde los servicios de prevención a la unidad de salud laboral de Osalan.

BOPV, núm. 12, 17/01/2008 

Ante la existencia de una enfermedad que podría ser calificada como profesional o cuyo origen profesional se sospecha, el personal médico de los Servicios de Prevención comunicará el caso a la Unidad de Salud Laboral de Osalan del territorio correspondiente. Existirá un formulario de comunicación que deberá incluir los datos del anexo I de esta Resolución.

El plazo máximo en el que deberá realizarse la comunicación será de 5 días desde que se tenga conocimiento de la misma.

[...]

La presente Resolución entrará en vigor el 1 de enero de 2008.

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